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Ciudadanía italiana por descendencia para argentinos: quién puede pedirla hoy y cómo se tramita

Quién puede pedir hoy la ciudadanía italiana por descendencia, qué cambió con la Ley 74/2025, documentos, turnos y costo oficial de 600 euros.

Fernando Domecq
Por Fernando
4 nov 2026 · 9 min de lectura
Ciudadanía italiana por descendencia para argentinos: quién puede pedirla hoy y cómo se tramita
<a href="https://unsplash.com/@benkupke?utm_source=argentinosemigrados&utm_medium=referral">Foto: Ben Kupke / Unsplash</a>

En 30 segundos. Desde la reforma de 2025, la ciudadanía italiana por descendencia ya no se reconoce «hasta el infinito». Si naciste fuera de Italia y tenés otra ciudadanía (la argentina, por ejemplo), hoy solo te la reconocen si se cumple alguna de las condiciones que fija la ley: sobre todo, que tu padre, madre, abuelo o abuela tenga o haya tenido únicamente la ciudadanía italiana, o que tu solicitud ya estuviera presentada hasta el 27 de marzo de 2025. La Corte Constitucional italiana no tumbó la reforma y la cuestión sigue abierta en el plano europeo. Esta guía te ayuda a ver en qué caso estás y qué hacer, y la mantenemos actualizada con las fuentes oficiales.

Qué cambió en 2025

La base sigue siendo la Ley 91 de 1992, que transmite la ciudadanía de padres a hijos (ius sanguinis). El 28 de marzo de 2025 el gobierno italiano aprobó el Decreto-Ley 36/2025, en vigor desde el 29 de marzo, y el Parlamento lo convirtió en la Ley 74 del 23 de mayo de 2025. La reforma agregó el artículo 3-bis a la Ley 91: quien nació en el exterior y tiene otra ciudadanía se considera que nunca adquirió la italiana, salvo que se cumpla alguna de las excepciones que la propia ley enumera.

Antes, en la práctica, cualquier descendiente en línea directa podía reclamarla si el antepasado no se había naturalizado antes de que naciera el siguiente eslabón. Eso terminó para las solicitudes nuevas. Los consulados lo aclaran: las nuevas normas se aplican a todas las solicitudes nuevas, y que un familiar haya obtenido la ciudadanía antes no garantiza que te la reconozcan a vos.

¿Estás dentro? Las condiciones, en simple

Según la explicación oficial de la Embajada de Italia en Montevideo y el texto de la ley, hoy podés pedir el reconocimiento si estás en alguno de estos casos:

  • Naciste en Italia.
  • Tenés únicamente la ciudadanía italiana, sin ninguna otra.
  • Tu padre o madre (incluso adoptivo), o tu abuelo o abuela, tiene o tenía exclusivamente la ciudadanía italiana. Se mira ese dato en la fecha de tu nacimiento; si esa persona había fallecido antes, se mira al momento de su fallecimiento. Se acredita, por ejemplo, con un certificado de no naturalización emitido por las autoridades extranjeras: no se aceptan autodeclaraciones.
  • Tu padre o madre italiano vivió en Italia al menos dos años seguidos, después de adquirir la ciudadanía italiana y antes de tu nacimiento.
  • Tu caso ya estaba en marcha antes del 27 de marzo de 2025: solicitud con documentación presentada al consulado o al municipio hasta esa fecha, turno comunicado para esa fecha, o demanda judicial presentada hasta ese día. En esos casos se aplica la ley anterior, pero hay que cumplir las condiciones exactas del artículo 3-bis.

Si tu línea pasa por bisabuelos o tatarabuelos y no encajás en ninguna de estas condiciones, hoy el reconocimiento por vía consular no está disponible. Desconfiá de cualquier gestor que te asegure lo contrario sin mirar tu caso.

Qué dijo la Corte Constitucional (y por qué todavía no cambia nada)

  • Sentencia 63/2026 (30 de abril de 2026): la Corte rechazó las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas contra la reforma. Entendió que el artículo 3-bis no revoca una ciudadanía ya reconocida, sino que impide adquirirla en situaciones todavía no perfeccionadas.
  • Ordenanza 147/2026 (23 de julio de 2026): ante nuevos casos de los tribunales de Mantua y Campobasso (entre ellos ciudadanos argentinos), la Corte suspendió el juicio y envió una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre cómo encaja el límite con la ciudadanía europea. No declaró inconstitucional el artículo 3-bis.

En la práctica, la regla sigue vigente y los consulados la aplican. La respuesta europea puede tardar y no tiene fecha. Si cambia algo, lo vamos a actualizar acá y en las noticias de ciudadanía del sitio.

Cómo se tramita, paso a paso

  1. Confirmá tu caso con las condiciones de arriba y reuní los datos de tu línea familiar.
  2. Juntá los documentos (ver más abajo). Es lo que más demora.
  3. Sacá turno en Prenot@mi, la plataforma oficial. Tiene que pedirlo el propio interesado y no se aceptan reservas hechas por intermediarios: el sistema cancela las que detecta. Cada consulado publica sus calendarios, días y horarios de apertura de cupos, que cambian con frecuencia; algunos tienen lista de espera.
  4. Presentá la solicitud en el consulado que corresponde a tu domicilio. En Argentina hay varios (según la prensa: Buenos Aires, Lomas de Zamora, Morón, La Plata, Bahía Blanca, Mar del Plata, Córdoba, Mendoza y Rosario).
  5. Pagá el arancel por el medio que indique tu consulado.
  6. Esperá la resolución. Si te reconocen, pedí la transcripción y el pasaporte.

Documentos que suelen pedir

Cada consulado publica su lista y puede cambiarla. Según la Embajada de Italia en Montevideo, en el caso del abuelo o abuela exclusivamente italiano:

  • Documentación que acredite que ese abuelo o abuela tenía solo ciudadanía italiana (por ejemplo, certificado de no naturalización del país donde vivió).
  • Partidas de nacimiento y de matrimonio del abuelo o abuela, y de defunción si corresponde.
  • Partida de nacimiento de tu padre o madre y, si vivió antes de 1992 en otros países, su certificado de no naturalización.
  • Tu partida de nacimiento y los documentos de tu estado civil.
  • La solicitud (istanza) completa y firmada.

Los documentos argentinos se presentan apostillados y traducidos al italiano, según indique el consulado. Una solicitud incompleta puede no prosperar.

Cuánto cuesta

El derecho consular para tramitar el reconocimiento de la ciudadanía de una persona mayor de edad es de 600 euros por adulto, según el cuadro tarifario oficial del Consulado de Italia en Rosario (segundo trimestre de 2026). Se paga en pesos al tipo de cambio consular, que se actualiza cada trimestre: en abril de 2026 eran unos 1.002.200 pesos. Según el consulado de Buenos Aires, citado por la prensa, el importe no se reembolsa si la ciudadanía no se reconoce. A eso se suman apostillas, traducciones y partidas.

Errores frecuentes

  • Pagar a un «gestor» por un turno: el turno es gratuito y se pide por Prenot@mi.
  • Dar por hecho que una solicitud antigua «entra» sin comprobar las condiciones exactas de la ley.
  • Documentos con datos que no coinciden entre sí (fechas, apellidos): uno de los obstáculos más comunes.
  • No informarte en el consulado que corresponde a tu domicilio.

Si no encajás en ninguna condición

El reconocimiento por descendencia no es la única vía. Según la Embajada de Italia, los hijos y nietos de ciudadanos italianos por nacimiento que se mudan a Italia y residen legalmente al menos dos años pueden pedir la ciudadanía, y la reforma facilita su residencia por trabajo al excluirlos de los cupos de entrada. También existen la naturalización por residencia y el matrimonio con un ciudadano italiano, con requisitos propios. Y hay procedimientos judiciales, que dependen de cada caso y de cómo evolucione la discusión europea. Para eso conviene consultar con un abogado especializado: acá no damos asesoramiento legal.

Si ya tenés un hijo menor y te reconocen la ciudadanía bajo la ley nueva, ojo con los plazos: según la Embajada, la ciudadanía para los hijos menores se pide por beneficio de ley dentro de los tres años del nacimiento de cada hijo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ciudadanía por mi bisabuelo italiano? Hoy, por vía consular, solo si tu caso entra en alguna de las condiciones del artículo 3-bis, por ejemplo, una solicitud presentada hasta el 27 de marzo de 2025 con los requisitos de la ley.

¿La Corte Constitucional declaró inconstitucional la reforma? No. Rechazó los planteos en la sentencia 63/2026 y, en la ordenanza 147/2026, consultó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sin declarar la inconstitucionalidad.

¿Cuánto tarda? Depende del consulado y de la disponibilidad de turnos. No hay un plazo oficial único, y por eso no damos una cifra.

¿Cuánto cuesta? 600 euros por adulto de derecho consular, pagados en pesos al tipo de cambio consular del trimestre, más apostillas, traducciones y partidas.

¿Dónde veo si algo cambió? En esta misma guía (el bloque «Revisado» y el historial de cambios) y en las noticias de ciudadanía del sitio.

Fuentes oficiales

Contraste con prensa argentina (no oficial): La Nación, El Cronista, C5N.

Esta guía es informativa y no reemplaza el asesoramiento de un abogado o gestor especializado.

Más sobre ciudadanía: Ciudadanía, Italia, Convenio de nacionalidad España-Francia: qué cambia para argentinos con doble ciudadanía, Pasaporte europeo por descendencia: cómo tramitarlo si tenés un familiar nacido en Europa, Ciudadanía suiza por procedimiento simplificado.

Historial de cambios
  • Miércoles 4 de noviembre de 2026 Revisión automática: sin cambios relevantes (fuente cons Rosario)
  • Miércoles 4 de noviembre de 2026 Revisión automática: sin cambios relevantes (fuente cons Rosario)
  • Miércoles 4 de noviembre de 2026 Revisión automática: sin cambios relevantes (fuente cons La Plata)
  • Miércoles 4 de noviembre de 2026 Primera version, verificada con fuentes oficiales (ordenanza 147/2026 de la Corte Constitucional, Embajada de Italia en Montevideo, tarifas consulares)
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Fernando

Soy de Buenos Aires y vivo en Fuengirola (Málaga). Desde 2014 ayudo a argentinos que quieren vivir en el exterior; desde 2018, desde este blog.

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Ciudadanía italiana por descendencia para argentinos: quién puede pedirla hoy y cómo se tramita

Quién puede pedir hoy la ciudadanía italiana por descendencia, qué cambió con la Ley 74/2025, documentos, turnos y costo oficial de 600 euros.

Ciudadanía italiana por descendencia para argentinos: quién puede pedirla hoy y cómo se tramita
<a href="https://unsplash.com/@benkupke?utm_source=argentinosemigrados&utm_medium=referral">Foto: Ben Kupke / Unsplash</a>
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Por Fernando
4 nov 2026 · 9 min de lectura

En 30 segundos. Desde la reforma de 2025, la ciudadanía italiana por descendencia ya no se reconoce «hasta el infinito». Si naciste fuera de Italia y tenés otra ciudadanía (la argentina, por ejemplo), hoy solo te la reconocen si se cumple alguna de las condiciones que fija la ley: sobre todo, que tu padre, madre, abuelo o abuela tenga o haya tenido únicamente la ciudadanía italiana, o que tu solicitud ya estuviera presentada hasta el 27 de marzo de 2025. La Corte Constitucional italiana no tumbó la reforma y la cuestión sigue abierta en el plano europeo. Esta guía te ayuda a ver en qué caso estás y qué hacer, y la mantenemos actualizada con las fuentes oficiales.

Qué cambió en 2025

La base sigue siendo la Ley 91 de 1992, que transmite la ciudadanía de padres a hijos (ius sanguinis). El 28 de marzo de 2025 el gobierno italiano aprobó el Decreto-Ley 36/2025, en vigor desde el 29 de marzo, y el Parlamento lo convirtió en la Ley 74 del 23 de mayo de 2025. La reforma agregó el artículo 3-bis a la Ley 91: quien nació en el exterior y tiene otra ciudadanía se considera que nunca adquirió la italiana, salvo que se cumpla alguna de las excepciones que la propia ley enumera.

Antes, en la práctica, cualquier descendiente en línea directa podía reclamarla si el antepasado no se había naturalizado antes de que naciera el siguiente eslabón. Eso terminó para las solicitudes nuevas. Los consulados lo aclaran: las nuevas normas se aplican a todas las solicitudes nuevas, y que un familiar haya obtenido la ciudadanía antes no garantiza que te la reconozcan a vos.

¿Estás dentro? Las condiciones, en simple

Según la explicación oficial de la Embajada de Italia en Montevideo y el texto de la ley, hoy podés pedir el reconocimiento si estás en alguno de estos casos:

  • Naciste en Italia.
  • Tenés únicamente la ciudadanía italiana, sin ninguna otra.
  • Tu padre o madre (incluso adoptivo), o tu abuelo o abuela, tiene o tenía exclusivamente la ciudadanía italiana. Se mira ese dato en la fecha de tu nacimiento; si esa persona había fallecido antes, se mira al momento de su fallecimiento. Se acredita, por ejemplo, con un certificado de no naturalización emitido por las autoridades extranjeras: no se aceptan autodeclaraciones.
  • Tu padre o madre italiano vivió en Italia al menos dos años seguidos, después de adquirir la ciudadanía italiana y antes de tu nacimiento.
  • Tu caso ya estaba en marcha antes del 27 de marzo de 2025: solicitud con documentación presentada al consulado o al municipio hasta esa fecha, turno comunicado para esa fecha, o demanda judicial presentada hasta ese día. En esos casos se aplica la ley anterior, pero hay que cumplir las condiciones exactas del artículo 3-bis.

Si tu línea pasa por bisabuelos o tatarabuelos y no encajás en ninguna de estas condiciones, hoy el reconocimiento por vía consular no está disponible. Desconfiá de cualquier gestor que te asegure lo contrario sin mirar tu caso.

Qué dijo la Corte Constitucional (y por qué todavía no cambia nada)

  • Sentencia 63/2026 (30 de abril de 2026): la Corte rechazó las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas contra la reforma. Entendió que el artículo 3-bis no revoca una ciudadanía ya reconocida, sino que impide adquirirla en situaciones todavía no perfeccionadas.
  • Ordenanza 147/2026 (23 de julio de 2026): ante nuevos casos de los tribunales de Mantua y Campobasso (entre ellos ciudadanos argentinos), la Corte suspendió el juicio y envió una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre cómo encaja el límite con la ciudadanía europea. No declaró inconstitucional el artículo 3-bis.

En la práctica, la regla sigue vigente y los consulados la aplican. La respuesta europea puede tardar y no tiene fecha. Si cambia algo, lo vamos a actualizar acá y en las noticias de ciudadanía del sitio.

Cómo se tramita, paso a paso

  1. Confirmá tu caso con las condiciones de arriba y reuní los datos de tu línea familiar.
  2. Juntá los documentos (ver más abajo). Es lo que más demora.
  3. Sacá turno en Prenot@mi, la plataforma oficial. Tiene que pedirlo el propio interesado y no se aceptan reservas hechas por intermediarios: el sistema cancela las que detecta. Cada consulado publica sus calendarios, días y horarios de apertura de cupos, que cambian con frecuencia; algunos tienen lista de espera.
  4. Presentá la solicitud en el consulado que corresponde a tu domicilio. En Argentina hay varios (según la prensa: Buenos Aires, Lomas de Zamora, Morón, La Plata, Bahía Blanca, Mar del Plata, Córdoba, Mendoza y Rosario).
  5. Pagá el arancel por el medio que indique tu consulado.
  6. Esperá la resolución. Si te reconocen, pedí la transcripción y el pasaporte.

Documentos que suelen pedir

Cada consulado publica su lista y puede cambiarla. Según la Embajada de Italia en Montevideo, en el caso del abuelo o abuela exclusivamente italiano:

  • Documentación que acredite que ese abuelo o abuela tenía solo ciudadanía italiana (por ejemplo, certificado de no naturalización del país donde vivió).
  • Partidas de nacimiento y de matrimonio del abuelo o abuela, y de defunción si corresponde.
  • Partida de nacimiento de tu padre o madre y, si vivió antes de 1992 en otros países, su certificado de no naturalización.
  • Tu partida de nacimiento y los documentos de tu estado civil.
  • La solicitud (istanza) completa y firmada.

Los documentos argentinos se presentan apostillados y traducidos al italiano, según indique el consulado. Una solicitud incompleta puede no prosperar.

Cuánto cuesta

El derecho consular para tramitar el reconocimiento de la ciudadanía de una persona mayor de edad es de 600 euros por adulto, según el cuadro tarifario oficial del Consulado de Italia en Rosario (segundo trimestre de 2026). Se paga en pesos al tipo de cambio consular, que se actualiza cada trimestre: en abril de 2026 eran unos 1.002.200 pesos. Según el consulado de Buenos Aires, citado por la prensa, el importe no se reembolsa si la ciudadanía no se reconoce. A eso se suman apostillas, traducciones y partidas.

Errores frecuentes

  • Pagar a un «gestor» por un turno: el turno es gratuito y se pide por Prenot@mi.
  • Dar por hecho que una solicitud antigua «entra» sin comprobar las condiciones exactas de la ley.
  • Documentos con datos que no coinciden entre sí (fechas, apellidos): uno de los obstáculos más comunes.
  • No informarte en el consulado que corresponde a tu domicilio.

Si no encajás en ninguna condición

El reconocimiento por descendencia no es la única vía. Según la Embajada de Italia, los hijos y nietos de ciudadanos italianos por nacimiento que se mudan a Italia y residen legalmente al menos dos años pueden pedir la ciudadanía, y la reforma facilita su residencia por trabajo al excluirlos de los cupos de entrada. También existen la naturalización por residencia y el matrimonio con un ciudadano italiano, con requisitos propios. Y hay procedimientos judiciales, que dependen de cada caso y de cómo evolucione la discusión europea. Para eso conviene consultar con un abogado especializado: acá no damos asesoramiento legal.

Si ya tenés un hijo menor y te reconocen la ciudadanía bajo la ley nueva, ojo con los plazos: según la Embajada, la ciudadanía para los hijos menores se pide por beneficio de ley dentro de los tres años del nacimiento de cada hijo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ciudadanía por mi bisabuelo italiano? Hoy, por vía consular, solo si tu caso entra en alguna de las condiciones del artículo 3-bis, por ejemplo, una solicitud presentada hasta el 27 de marzo de 2025 con los requisitos de la ley.

¿La Corte Constitucional declaró inconstitucional la reforma? No. Rechazó los planteos en la sentencia 63/2026 y, en la ordenanza 147/2026, consultó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sin declarar la inconstitucionalidad.

¿Cuánto tarda? Depende del consulado y de la disponibilidad de turnos. No hay un plazo oficial único, y por eso no damos una cifra.

¿Cuánto cuesta? 600 euros por adulto de derecho consular, pagados en pesos al tipo de cambio consular del trimestre, más apostillas, traducciones y partidas.

¿Dónde veo si algo cambió? En esta misma guía (el bloque «Revisado» y el historial de cambios) y en las noticias de ciudadanía del sitio.

Fuentes oficiales

Contraste con prensa argentina (no oficial): La Nación, El Cronista, C5N.

Esta guía es informativa y no reemplaza el asesoramiento de un abogado o gestor especializado.

Más sobre ciudadanía: Ciudadanía, Italia, Convenio de nacionalidad España-Francia: qué cambia para argentinos con doble ciudadanía, Pasaporte europeo por descendencia: cómo tramitarlo si tenés un familiar nacido en Europa, Ciudadanía suiza por procedimiento simplificado.

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  • Miércoles 4 de noviembre de 2026 Revisión automática: sin cambios relevantes (fuente cons Rosario)
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